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libero escribió:Maticemos...
Los únicos responsables de los asesinatos que pueda cometer ETA son sus miserables miembros.
De ello no podemos culpar a zETAp... Lo que sí podemos (y debemos) echarle en cara es no haber hecho lo que debía para ponérselo más difícil a los terroristas... y haber permitido (si no buscado) la fórmula que ha posibilitado su presencia en las instituciones democráticas.
Y esa es una responsabilidad política muy grave, sin duda.

COMUNICADO DE PRENSA DEL FORO ERMUA
6 de mayo de 2007
Cita:
Bilbao. 6 de mayo de 2007. La “Sala del art. 61” del Tribunal Supremo, integrada por 16 magistrados, ha anunciado un auto adoptado esta madrugada en el que explica que no ha tenido más remedio que aceptar unas peticiones del Gobierno, que obligan a que 123 candidaturas municipales del partido ANV puedan presentarse a las elecciones del 27 de mayo.
En su auto el Tribunal Supremo afirma que el cauce elegido por la Fiscalía General y la Abogacía Estado “no es, propiamente, el adecuado para que la Sala (del 61) ejerza la competencia que la Ley de Partidos le asigna en relación con (la ilegalización de) los partidos políticos”. El Tribunal Supremo viene a expresar que si el Gobierno hubiese solicitado la impugnación de todas las candidaturas de ANV por el procedimiento adecuado (en aplicación de la Ley de Partidos y no de la Ley Electoral), la Sala hubiera podido aprobar la total exclusión de las candidaturas de ANV de las elecciones del 27 de mayo.
La decisión del Tribunal Supremo ha estado determinada por las peticiones del Gobierno, por el Abogado General del Estado, Joaquín de Fuentes Bardají, y del Fiscal General, Cándido Conde Pumpido, que han elegido un procedimiento jurídico incorrecto que ha impedido al alto tribunal resolver la ilegalización de todas las candidaturas de ANV, como hubiera sido razonable, deseable y de sentido común. La única explicación cabal de esta actuación fraudulenta no puede ser otra que la existencia de un acuerdo entre el Gobierno y ETA, sea éste formal o implícito, así como la decidida voluntad política del Gobierno de Rodríguez Zapatero para acceder a la exigencia de la banda terrorista de volver a las instituciones.
El Foro Ermua, como siempre ha hecho, acata y comprende la decisión del Tribunal Supremo pero denuncia enérgicamente el fraude de ley en el que deliberadamente han incurrido el Gobierno y el Fiscal del Estado por la forma y el contenido de las demandas presentadas ante dicha magistratura. En consecuencia, entendemos que el presidente Rodríguez Zapatero, los miembros de su Gobierno y la actual dirección del Partido Socialista Obrero Español son responsables del enorme éxito político y financiero alcanzado por la organización terrorista ETA.
En estos momentos, en los que una vez más el Gobierno de Rodríguez Zapatero ha llenado de inquietud a la sociedad española, el Foro Ermua quiere hacer público lo siguiente:
1) El hecho de que ETA logre volver a cerca de 130 ayuntamientos vascos y navarros e incluso, quizás, a las diputaciones forales vascas y al Parlamento de Navarra, supone el mayor retroceso de la democracia que ha tenido lugar en España desde 1978. Su principal impulsor ha sido el presidente del Gobierno de España, José Luis Rodríguez Zapatero. Ante esta lamentable situación, el Foro Ermua llama a los españoles demócratas, y especialmente a los socialistas decentes y a los votantes de izquierdas, a castigar en las urnas el 27 de mayo al Partido Socialista Obrero Español por lo que constituye el más grave atentado contra la libertad cometido en España. Sus demoledores efectos lo sufriremos en primera persona los vascos y navarros no nacionalistas durante los próximos cuatro años...
2) Por otro lado el Foro Ermua, junto con las demás asociaciones cívicas y partidos políticos que integramos la PLATAFORMA LIBERTAD -cuya relación reproducimos al final de este comunicado- continuamos con los preparativos para realizar, antes de que finalice la campaña electoral, una movilización nacional ante los ayuntamientos de toda España a las 20:00h, bajo el lema: ETA fuera de las instituciones.

EL TS PONE EN EVIDENCIA AL GOBIERNO
Tras un maratoniano debate que duró toda la noche del sábado, la Sala del 61 del Tribunal Supremo acordó ayer anular todas las candidaturas de Abertzale Socialistak y 133 listas de Acción Nacionalista Vasca (ANV), permitiendo a la vez que este partido pueda concurrir a las elecciones en 120 municipios vascos y navarros.
El ministro de Justicia y el fiscal general del Estado se apresuraron a manifestar que el Supremo les ha dado «la razón», pero una simple lectura de la resolución sobre ANV basta para comprobar que más bien el Alto Tribunal ha querido poner en evidencia tanto al Gobierno como a la Fiscalía.
El Supremo asevera en su auto que su competencia sólo reside en «apreciar la continuidad o sucesión de un partido ilegalizado y disuelto por otro partido aparentemente legal». Es decir, velar por la ejecución de la sentencia de 2003, que ilegalizaba a Batasuna por considerarla un instrumento de ETA. El TS entiende que Batasuna ha recurrido a ANV para burlar la Ley de Partidos y resalta que existen numerosas pruebas de ello. Subraya, por ello, que las listas de ANV «son continuadoras de la asignación funcional de tareas de la banda terrorista ETA» y que han servido de «plataforma de penetración» del partido ilegalizado.
Los magistrados sugieren en este punto que había motivos para que el Gobierno y la Fiscalía hubieran instado ante el Supremo la ilegalización previa de ANV, pero que, al no haber optado por esa vía, la Sala sólo puede pronunciarse sobre la impugnación de las listas contaminadas.
Ello sólo se puede entender como una recriminación al Ejecutivo, ya que, si no había tiempo para solicitar la ilegalización de ANV, como éste alega, debería al menos haber impugnado la totalidad de sus candidaturas, como hizo con Abertzale Sozialistak.
El PP acusó ayer al Gobierno de «haber maniatado a la Justicia» y no le falta razón, porque la Sala del 61 hubiera aceptado la anulación de todas las listas de ANV en virtud de la propia lógica de su auto, en el que se reconoce que estas siglas están siendo utilizadas por Batasuna para burlar la ley. Si esto es así, carece de sentido validar el 48% de las listas y anular las restantes, como se ha visto obligado a hacer el tribunal ante la tibieza del Gobierno. Al igual que la Audiencia Nacional reprochó hace un par de meses a la Fiscalía que su negativa a acusar forzaba la absolución de Otegi, la Sala del 61 está sugiriendo ahora que el fiscal y el abogado del Estado la han atado de pies y manos en este asunto. Parece evidente que el Gobierno no quería cerrar todas las puertas a la izquierda abertzale y, por ello, optó por una acción legal absurdamente salomónica. El fallo del Supremo pone al desnudo su falta de voluntad política de acorralar a Batasuna.


El TS, en la pág. 24 de su Auto, escribió:La primera cuestión que debe ser abordada es la de la vía procesal escogida al efecto por el Abogado del Estado (y con la salvedad ya expresada, por el Ministerio Público) para que se sustancie y resuelva su pretensión de apartar de la contienda electoral determinadas listas del partido ANV -no todas las proclamadas, sino sólo una parte de ellas-, sin que se solicite, simultáneamente, la ilegalización del partido político mismo que las promueve y acoge todas ellas, por considerarlo continuador o sucesor de Batasuna (…).
El TS, en la pág. 36 de su Auto, escribió: (…) ante la hipótesis de que un partido político presentara candidaturas con el ánimo de defraudar los efectos de la ilegalización de otro partido político, es decir, con la finalidad abusiva de continuar con su actividad, quebrantando la sentencia de ilegalización, el cauce que el ordenamiento jurídico ofrece para salvaguardar la eficacia de la sentencia y precaverse de la posible concurrencia electoral que se tacha, en el recurso, de fraudulenta, es el de la solicitud de ilegalización del nuevo partido -o del que, sin ser de nueva creación, sea aprovechado con el mismo designio elusivo- que sirve de instrumento defraudatorio (…).
El TS, en la pág. 37 de su Auto, escribió: Por tanto, el cauce impugnatorio escogido no es, propiamente, el marco adecuado para que la Sala ejerza la competencia que la LOPP le asigna en relación con los partidos políticos.
El TS, en la pág. 38 de su Auto, escribió:En efecto, esta Sala es competente para apreciar, en su caso, la continuidad o sucesión de un partido ilegalizado y disuelto por otro partido aparentemente legal, cuya inscripción en el Registro de Partidos no haya sido hasta entonces cuestionada, pero esta impugnación, venga o no referida a la presentación de candidaturas y, por ende, en coincidencia temporal con un proceso electoral en curso, sólo se puede articular a través del medio procesal elegido y definido por el legislador, que es, conforme a lo antes expuesto y por lo que a este caso concreto se refiere, el del proceso de ejecución de la sentencia de ilegalización de Batasuna.


He buscado afanosamente en el auto del Tribunal Supremo respecto a las listas de ANV una frase en la que le dijera al Gobierno que tenía que ilegalizar ANV y no la he encontrado, porque no está.
El TS, en el FJ 1º (pág. 36) de su Auto, escribió:(...) el cauce que el ordenamiento jurídico ofrece para salvaguardar la eficacia de la sentencia y precaverse de la posible concurrencia electoral que se tacha, en el recurso, de fraudulenta, es el de la solicitud de ilegalización del nuevo partido -o del que, sin ser de nueva creación, sea aprovechado con el mismo designio elusivo- que sirve de instrumento defraudatorio (...)

libero escribió:Como humildemente se atrevió a hacer este forista, LD también da a Blanco datos sobre esa recriminación del TS al gobierno que el fracasado estudiante de 1º de Derecho no es capaz de hallar:
Los reproches del Supremo al Gobierno que no encuentran Blanco y Rubalcaba están en la página 36 del auto
Como parece ser que con la vergonzante lección de supina ignorancia y de desvergonzado atrevimineto del nº 2 del PSOE no teníamos suficiente ración de estupideces, Rubalcaba se ha sumado hoy a lo dicho por el ínclito Pepiño, con estas palabras:He buscado afanosamente en el auto del Tribunal Supremo respecto a las listas de ANV una frase en la que le dijera al Gobierno que tenía que ilegalizar ANV y no la he encontrado, porque no está.
Se nota que, como Secretario de Estado primero y como Ministro de Educación después, Rubalcaba fue uno de los más entusiastas impulsores de la LOGSE (véase su biografía)... Se ha contagiado de los nefastos resultados de ese engendro antipedagógico... Como tantos "hijos de la LOGSE", uno de sus padres tampoco sabe leer...El TS, en el FJ 1º (pág. 36) de su Auto, escribió:(...) el cauce que el ordenamiento jurídico ofrece para salvaguardar la eficacia de la sentencia y precaverse de la posible concurrencia electoral que se tacha, en el recurso, de fraudulenta, es el de la solicitud de ilegalización del nuevo partido -o del que, sin ser de nueva creación, sea aprovechado con el mismo designio elusivo- que sirve de instrumento defraudatorio (...)

El TC, en el FJ 5º de su sentencia, escribió:Pues bien, en el presente caso el Tribunal Supremo, máximo intérprete de la legalidad ordinaria en el ejercicio de la función jurisdiccional (art. 123.1 CE), en una interpretación de la legalidad procesal vigente que en modo alguno cabe tildar de arbitraria, irrazonable o desproporcionada por su rigorismo se ha pronunciado sobre la vía procesal adecuada a través de la cual se habían de articular las pretensiones impugnatorias del Abogado del Estado y del Ministerio Fiscal. (...)
El TC, en un párrafo del FJ 6º de su sentencia, parcialmente eliminado con posterioridad a la publicación de la resolución, por medio de un auto aclaratorio, escribió:Han entendido el Ministerio Público y el Abogado del Estado, en efecto, que los partidos disueltos pretendían concurrir a las próximas elecciones sirviéndose del instrumento de un partido ya inscrito, aunque relativamente inactivo en los últimos años y ahora reactivado, precisamente, con ese fin defraudatorio. La disolución y hasta la suspensión de dicho partido en razón de esa sola circunstancia hubiera planteado quizás el problema de si cabría entenderla manifiestamente desproporcionada, aun cuando no pueda descartarse que, en unión de otras, pudiera llevar en su momento a esa última consecuencia. En cualquier caso, es evidente que el hecho de que esa solución radical se estimase hoy impracticable por quienes pudieran instarla o decidirla, no implica que no fuera obligado arbitrar otras, toda vez que la actividad defraudatoria intentada habría producido, de perfeccionarse, consecuencias de muy difícil reparación, pues la eventual disolución posterior del partido ahora legal no afectaría al mandato representativo de aquellos de sus candidatos que resultaran elegidos. [se destaca en rojo el fragmento anulado]
El TC, en el párrafo final del FJ 6º de su sentencia, escribió:Ahora bien, nuestro enjuiciamiento ha de referirse exclusivamente al examen de las tachas que se han apreciado respecto de las concretas candidaturas objeto del proceso seguido ante la Sala del artículo 61 LOPJ, sin que podamos hacer consideraciones respecto al partido AEA-ANV en su conjunto, ni tampoco sobre la candidaturas que, al no ser impugnadas, quedan fuera del objeto propio de estos autos.


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